Author: | Mario de la Madrid Andrade | ISBN: | 9786070924606 |
Publisher: | Editorial Porrúa México | Publication: | January 4, 2016 |
Imprint: | Language: | Spanish |
Author: | Mario de la Madrid Andrade |
ISBN: | 9786070924606 |
Publisher: | Editorial Porrúa México |
Publication: | January 4, 2016 |
Imprint: | |
Language: | Spanish |
Uno de los rasgos que caracterizan las relaciones contractuales comerciales contemporáneas es que, con cierta frecuencia, resulta imposible satisfacer los intereses de las partes a través de los contratos regulados.En ocasiones se adicionan cláusulas atípicas a los contratos típicos sin que afecte su esencia; en otras, se modifica la finalidad económica de los contratos típicos, lo que da lugar a los negocios indirectos; también, las partes estructuran contratos atípicos totalmente distintos a los reconocidos por el legislador, o bien combinan prestaciones características que corresponden a diferentes contratos típicos, fenómeno que ha alcanzado, incluso, el ámbito asociativo.A esta realidad debe agregarse que las relaciones mencionadas son cada vez más complejas. En algunos supuestos, para alcanzar la finalidad que se pretende es necesario emplear dos o más contratos coaligados, lo que produce una unión de contratos.Esa pluralidad de contratos conforma, en algunos casos, un sistema en el que cada una de las relaciones negociales que lo integran se explica en función de las demás. La finalidad económica que se pretende es posible mediante un cúmulo de vínculos contractuales de similar o distinta naturaleza que establezcan en conjunto una red de contratos.El panorama general descrito nos permite circunscribir el fenómeno contractual en un doble esquema: por una parte, la oposición entre contrato típico, negocio indirecto y contrato atípico; y por otra, la disyuntiva entre un contrato singular o una pluralidad de contratos conexos.
Uno de los rasgos que caracterizan las relaciones contractuales comerciales contemporáneas es que, con cierta frecuencia, resulta imposible satisfacer los intereses de las partes a través de los contratos regulados.En ocasiones se adicionan cláusulas atípicas a los contratos típicos sin que afecte su esencia; en otras, se modifica la finalidad económica de los contratos típicos, lo que da lugar a los negocios indirectos; también, las partes estructuran contratos atípicos totalmente distintos a los reconocidos por el legislador, o bien combinan prestaciones características que corresponden a diferentes contratos típicos, fenómeno que ha alcanzado, incluso, el ámbito asociativo.A esta realidad debe agregarse que las relaciones mencionadas son cada vez más complejas. En algunos supuestos, para alcanzar la finalidad que se pretende es necesario emplear dos o más contratos coaligados, lo que produce una unión de contratos.Esa pluralidad de contratos conforma, en algunos casos, un sistema en el que cada una de las relaciones negociales que lo integran se explica en función de las demás. La finalidad económica que se pretende es posible mediante un cúmulo de vínculos contractuales de similar o distinta naturaleza que establezcan en conjunto una red de contratos.El panorama general descrito nos permite circunscribir el fenómeno contractual en un doble esquema: por una parte, la oposición entre contrato típico, negocio indirecto y contrato atípico; y por otra, la disyuntiva entre un contrato singular o una pluralidad de contratos conexos.